Llegar a cero puntos en el carnet de conducir no significa la retirada inmediata en el acto, pero sí pone en marcha un procedimiento administrativo formal por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) que terminará con la declaración de pérdida de vigencia de tu permiso.
1. El procedimiento de pérdida de vigencia
Cuando la última sanción en firme agota tu saldo de puntos, la Jefatura Provincial de Tráfico te remite una notificación oficial por correo certificado o en la Dirección Electrónica Vial (DEV). En esa comunicación se te concede un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones si consideras que ha existido algún error en el cómputo de las sanciones.
2. Periodo de inhabilitación obligatoria
Una vez dictada la resolución firme de pérdida de vigencia, deberás entregar físicamente tu permiso de conducir en la Jefatura de Tráfico o en cualquier comisaría. A partir de esa fecha comienza a contar el periodo legal durante el cual no puedes conducir ningún vehículo a motor:
- Conductores particulares: 6 meses de inhabilitación (12 meses si eres reincidente en los últimos 3 años).
- Conductores profesionales: 3 meses de inhabilitación (6 meses si eres reincidente).
3. Cómo volver a obtener el carnet
Para recuperar tu derecho a conducir una vez transcurrido el periodo de inhabilitación, debes cumplir dos requisitos obligatorios:
- Realizar un curso de sensibilización y reeducación vial de 20 horas en un centro homologado por la DGT.
- Superar una prueba de control de conocimientos (examen teórico) en la Jefatura Provincial de Tráfico tras abonar la tasa 4.4 (28,58 €).
Tras aprobar el examen, la DGT te expedirá un nuevo permiso con un saldo inicial de 8 puntos.